Puerto Montt.- La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa de Albán Mancilla Díaz, ex jefe del Daem, quien permanece en prisión preventiva desde hace seis meses. La solicitud buscaba dejar sin efecto la resolución del juez de Garantía, Francisco Almonacid, quien el pasado 7 de marzo negó modificar la medida cautelar.
El recurso fue ingresado el 28 de marzo por el abogado Nofal Abud Maeztu, quien argumentó que la resolución contenía vicios de ilegalidad, señalando una supuesta falta de imparcialidad del juez y un “prejuicio evidente” contra su defendido. En su exposición, el defensor acusó que Mancilla estaba siendo utilizado como “chivo expiatorio del sistema político chileno” sin que se respetara el principio de presunción de inocencia.
Durante los alegatos, además de la defensa de Mancilla, intervinieron el fiscal Marco Muñoz y los querellantes Rodrigo Tejos, en representación del Consejo de Defensa del Estado; Marcos Velásquez, como querellante particular, y el ex fiscal regional Marcos Emilfork, en representación de la Municipalidad de Puerto Montt. La sala estuvo compuesta por los ministros Ivonne Avendaño, Patricio Rondini y el abogado integrante Darío Parra.
En su fallo, la ministra Avendaño desestimó las acusaciones de la defensa, señalando que no se advertían vicios de fundamentación ni prejuicios en la decisión del juez Almonacid. En el considerando séptimo, el tribunal concluyó que la resolución cuestionada se basó en los antecedentes presentados en audiencia y que la prisión preventiva se ajusta a derecho, quedando abierta la posibilidad de su revisión en otra instancia.
Finalmente, la Corte de Apelaciones rechazó la acción de amparo sin costas, ratificando la prisión preventiva de Albán Mancilla. Tras conocer el fallo, su abogado anunció que recurrirá a la Corte Suprema en busca de revertir la decisión. Mancilla, formalizado en septiembre de 2024 por fraude al fisco, sigue detenido en el Centro de Detención Preventiva de Castro, en Chiloé, por un caso que involucra un perjuicio fiscal superior a los 500 millones de pesos.